Congreso modifica Código Penal para proteger libertad de expresión y prensa
El Congreso Nacional ha introducido cambios significativos en el proyecto de ley del nuevo Código Penal, buscando delimitar con mayor precisión los delitos contra el honor. Tras recibir observaciones de periodistas, juristas y organizaciones civiles, los legisladores ajustaron artículos que generaban incertidumbre sobre el ejercicio de la libertad de expresión. La reforma, aprobada tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, reconoce la necesidad de proteger el debate público y el periodismo de investigación frente a posibles efectos inhibidores.
Exclusiones de responsabilidad penal
La nueva redacción del artículo 211 establece supuestos específicos donde las publicaciones no serán consideradas difamatorias ni injuriosas. Entre las excepciones se incluyen las intervenciones legislativas, documentos oficiales, actuaciones judiciales y críticas sobre corrupción o manejo de fondos públicos. Asimismo, el artículo 123 sobre acoso cibernético incorpora una cláusula de salvaguarda que protege la difusión de informaciones de interés público, siempre que se basen en hechos comprobables. Estas modificaciones alinean la normativa local con estándares internacionales que exigen un umbral de crítica más elevado para los funcionarios públicos.
A pesar de estos avances, el proyecto mantiene la criminalización de la difamación y las penas privativas de libertad, un punto que sigue generando controversia entre organismos internacionales. La introducción del criterio de diligencia razonable para el ejercicio periodístico traslada a los tribunales la responsabilidad de interpretar qué constituye una verificación suficiente de la información. La decisión del Poder Ejecutivo y el Congreso de revisar el texto antes de su entrada en vigor refleja la influencia de los gremios periodísticos y académicos en el proceso legislativo actual.
Fuente: Portada