JCE suspende temporalmente prohibición de publicar encuestas electorales
La Junta Central Electoral (JCE) ha determinado suspender de manera provisional la aplicación del artículo décimo tercero de su reglamento sobre encuestas electorales. Esta disposición impedía la difusión de sondeos de opinión fuera de los periodos oficiales de precampaña y campaña electoral, incluyendo estudios de uso interno para partidos políticos. La medida fue adoptada por el Pleno del organismo el pasado 20 de agosto como una acción excepcional mientras se dirime la legalidad de dicha restricción en las instancias judiciales correspondientes.
Alcance de la medida y controversia legal
La resolución no implica la anulación total del reglamento, ya que se mantienen vigentes las normativas sobre el registro de empresas encuestadoras, los requisitos técnicos y las metodologías exigidas. La JCE aclaró que esta suspensión busca evitar la incertidumbre jurídica y posibles daños irreparables mientras los tribunales competentes evalúan si la prohibición original vulnera derechos fundamentales como la libertad de expresión e información. La controversia surgió tras una impugnación presentada por la organización Justicia Sin Fronteras, la cual fue remitida inicialmente al Tribunal Superior Electoral sin que este emitiera un fallo sobre el fondo del asunto.
La decisión de suspender la norma no contó con el respaldo unánime de los miembros del Pleno. Los magistrados Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises emitieron votos disidentes, argumentando que el órgano electoral no debería modificar o suspender sus propias disposiciones reglamentarias mediante una decisión administrativa. A pesar de estas diferencias internas, la consecuencia inmediata es que la JCE no aplicará las sanciones previstas por la divulgación de encuestas fuera de los plazos legales hasta que exista una resolución definitiva sobre la constitucionalidad de la medida.
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