Tribunal Constitucional limita vigilancia con drones y exposición de morosos
El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia que prohíbe a las juntas de vecinos utilizar drones o cámaras para vigilar la vida privada de los residentes en complejos habitacionales. La medida surge tras una disputa en el Residencial Estrella Marina, ubicado en La Romana, donde se denunciaron prácticas abusivas para presionar a propietarios con cuotas de mantenimiento atrasadas. El fallo establece que el uso de tecnología para monitorear el interior de las viviendas constituye una injerencia indebida en la intimidad de las personas.
Límites a la exposición pública de deudas
La alta corte determinó que publicar nombres, imágenes o audios de residentes morosos en redes sociales vulnera el derecho al honor y al buen nombre. Aunque las juntas de vecinos pueden informar sobre deudas dentro del entorno del condominio, esta comunicación debe limitarse a un aviso interno y razonable. La sentencia subraya que exponer a los propietarios ante terceros mediante plataformas digitales excede las facultades legítimas de las directivas residenciales.
Regulación de la videovigilancia en áreas comunes
Respecto a la seguridad, el tribunal aclaró que las cámaras en áreas comunes son admisibles siempre que cuenten con la aprobación de los propietarios y se enfoquen exclusivamente en accesos o espacios compartidos. Sin embargo, los equipos pierden su legitimidad si se utilizan para controlar la vida cotidiana de los ocupantes. La Junta de Vecinos de Estrella Marina ha sido ordenada a cesar de inmediato el uso de drones y cualquier mecanismo de vigilancia que afecte la esfera privada de sus residentes.
Fuente: Actualidad