Tribunal ordena a alcalde de Villa Hermosa devolver aumento salarial
La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de La Romana ordenó al alcalde de Villa Hermosa, Eduardo Familia Fransua, a la vicealcaldesa y a nueve regidores devolver los aumentos salariales que recibieron durante los primeros tres meses de 2025, tras determinar que fueron aprobados en violación del artículo 140 de la Constitución dominicana.
La decisión, contenida en la sentencia número 0195-2026-SCIV-00578, dictada el 8 de octubre de 2026 por la jueza Karuchy Sotero Cabral, establece que los funcionarios deberán reintegrar los recursos mediante descuentos mensuales de sus salarios, una vez notificada la sentencia. El tribunal comprobó que el alcalde pasó de cobrar 90,000 pesos mensuales en 2024 a 100,000 pesos en enero de 2025, mientras que la vicealcaldesa, Eddy Manzano Doroteo, recibió un incremento de RD$54,000 a RD$60,000.
En el caso de los nueve regidores, sus remuneraciones aumentaron de 50,000 pesos a 60,000 pesos mensuales. Los incrementos representaron un 11.11 % para el alcalde y la vicealcaldesa y un 20 % para los regidores. RELACIONADAS Según las nóminas municipales examinadas por el tribunal, los aumentos fueron aplicados durante enero, febrero y marzo de 2025. En abril, las remuneraciones regresaron a los niveles de 2024.
Los pagos adicionales sumaron 318,000 pesos durante los tres meses, tomando en cuenta los 30,000 pesos recibidos de más por el alcalde, 18,000 pesos por la vicealcaldesa y RD$270,000 correspondientes a los nueve regidores. Tribunal establece violación constitucionalLa magistrada Sotero Cabral determinó que los incrementos se produjeron dentro del mismo período de ejercicio de los funcionarios municipales, una actuación contraria al artículo 140 de la Constitución.
Esa disposición prohíbe que las instituciones públicas o entidades autónomas que administran fondos públicos establezcan aumentos de remuneraciones o beneficios para sus incumbentes o directivos que entren en vigor durante el período para el cual fueron electos o designados. La sentencia establece que cualquier modificación salarial de esa naturaleza debe tener efectos presupuestarios para un período posterior al de la gestión correspondiente.
El tribunal también determinó que, aunque el Ayuntamiento de Villa Hermosa dejó sin efecto los aumentos, esa decisión administrativa no eliminaba la obligación de devolver el dinero que ya había sido pagado. La jueza comprobó que los funcionarios recibieron las remuneraciones incrementadas durante tres meses y que en el expediente no existían pruebas de que los recursos adicionales hubieran sido reintegrados al municipio.
Ayuntamiento había dejado sin efecto los aumentosEl proceso judicial comenzó con un recurso contencioso administrativo municipal presentado el 28 de marzo de 2025 por el abogado Jesús Antonio Medina Rivera, quien cuestionó la legalidad de los incrementos aprobados para el presupuesto de ese año. En su defensa, el Ayuntamiento sostuvo que los ajustes respondían a una indexación salarial relacionada con la inflación acumulada durante los ocho años anteriores.
También argumentó que los aumentos habían quedado sin efecto mediante una decisión administrativa de abril de 2025 y una resolución aprobada por el Concejo de Regidores el 29 de mayo de ese mismo año. Por esa razón, solicitó que el recurso judicial fuera declarado inadmisible por carecer de objeto. Inicialmente, la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de La Romana acogió ese argumento y declaró inadmisible el recurso mediante una sentencia del 9 de junio de 2025.
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